En apenas una década, WhatsApp ha pasado de ser una aplicación de mensajería personal a convertirse en un canal frecuente —y en muchos casos, obligatorio— de comunicación empresarial. Las empresas han incorporado esta herramienta de uso masivo para gestionar tareas, coordinar equipos, dar instrucciones y controlar el día a día, todo desde la comodidad de un grupo de chat. Sin embargo, su uso desregulado y constante está generando conflictos cada vez más frecuentes entre el respeto a los derechos laborales y las prácticas de control empresarial. Y sí, el acoso laboral desde WhatsApp figura entre esos conflictos que pueden darse en el trabajo.
Según advierten desde el despacho Le Morne Brabant Abogados, el uso vertical de WhatsApp —es decir, del jefe al empleado— puede desembocar en situaciones de presión psicológica o incluso acoso laboral, especialmente cuando se utiliza con reiteración, fuera del horario laboral o con fines intimidatorios.
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El derecho a desconectar: algo más que una buena práctica
La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) no deja lugar a dudas. En su artículo 88 reconoce expresamente el derecho a la desconexión digital, tanto en el sector público como en el privado, como garantía del respeto al descanso, la intimidad personal y familiar del trabajador. Y no es un derecho simbólico: debe materializarse mediante negociación colectiva o acuerdo entre empresa y trabajadores, incluyendo planes de formación para promover un uso responsable de las tecnologías.
Este derecho incluye también los periodos de vacaciones, permisos y licencias. Según los artículos 34 y 38 del Estatuto de los Trabajadores, el empleado no tiene ninguna obligación de responder comunicaciones laborales durante estos intervalos, y negarse a hacerlo no puede considerarse desobediencia, ni motivo de sanción.
¿Cuándo se puede hablar de acoso laboral desde WhatsApp?
La popularidad de WhatsApp ha dado lugar a dinámicas que van más allá de la gestión eficiente. En muchos casos, según explica el abogado Francisco Palomares, se detecta una instrumentalización abusiva de la herramienta: mensajes fuera de horario, reproches en público dentro de grupos, insistencias constantes o recordatorios agresivos que desbordan la relación laboral sana.
“Incluso dentro del horario laboral, si la comunicación es reiterada, humillante o intimidatoria, puede considerarse acoso laboral”, apunta Palomares. La clave está en la naturaleza del mensaje, no tanto en la hora en que se envía. “Si atenta contra la dignidad del trabajador, si vulnera su derecho a la salud mental o genera un entorno hostil, puede dar lugar a sanciones e incluso indemnizaciones por daños y perjuicios”.

La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social contempla estas situaciones como infracciones graves o muy graves. En concreto, los artículos 7.5 y 8.12 sancionan el incumplimiento de las obligaciones empresariales en materia de prevención de riesgos laborales, incluyendo el respeto a la jornada y a la desconexión.
Más allá de la presencialidad: el reto en el teletrabajo
Los expertos también advierten de que el problema se agudiza en modelos laborales híbridos o de teletrabajo, donde los límites físicos entre vida personal y trabajo son más difusos. En estos casos, la necesidad de contar con políticas claras de organización y comunicación es aún más urgente. No basta con confiar en la buena voluntad del empleador o el autocontrol del trabajador. Deben existir protocolos escritos, sistemas de notificación jerárquicos respetuosos y canales formales para cuestiones urgentes.
Un contexto en transformación: reducción de jornada y flexibilidad
En paralelo a estos debates, el Ministerio de Trabajo negocia la reducción de la jornada laboral, una propuesta que refuerza la necesidad de adaptar la gestión empresarial a modelos más humanos y sostenibles. Si bien la iniciativa aún está en discusión parlamentaria y no cuenta con el apoyo de todos los grupos, forma parte de una tendencia creciente: poner límites al trabajo omnipresente, visibilizar el impacto del estrés digital y proteger la salud mental de las plantillas.
Aviso navegantes…
Ante tales palabras de los expertos laborales, hay que quedarse con la clave de que WhatsApp ha revolucionado la comunicación profesional, pero su uso sin control puede derivar en situaciones de acoso, presión o ilegalidad. Lo que empezó como una herramienta informal de coordinación ha pasado a formar parte de la estructura organizativa de muchas empresas sin haber sido regulado adecuadamente. En un contexto de creciente preocupación por el bienestar laboral, la desconexión digital ya no es una opción, sino un derecho. Y como tal, debe respetarse.









