La música es un arte que puede generar mucho dinero, no obstante la visión tradicional que tenemos es que son las grandes productoras y los propios artistas los que se reparten todo el pastel. Esto es lógico, pero de un tiempo a esta parte las inversiones en productos musicales están abriendo a público mucho más amplio.
Con el ejemplo que vamos a presentar, demostraremos que cualquier puede apuntar sus inversiones hacia cotos normalmente reservados para corporaciones especializadas.
Cristian Larrosa (Buenos Aires, 1981) creó Larrosa Music Group para financiar a músicos, artistas, sellos discográficos y empresas de música sin la necesidad de un banco o anticipos discográficos, editoriales o de sociedades de derechos. Su idea era reinventar un modelo de negocio que ya existía desde 1990. Por aquel entonces David Bowie buscaba fondos para su próxima producción sin depender de su sello discográfico, proponiendo la creación de un bono que, hasta el día de hoy, sigue generando rendimientos económicos. A raíz de la pandemia de 2020 y partiendo de esta iniciativa, Larrosa Music Group se propuso desarrollar este innovador modelo y adaptarlo a la industria musical actual.
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Inversión en música: la compraventa de catálogos
Cuando la música es explotada comercialmente, por ejemplo, a través de una plataforma como Youtube o Spotify, al incluirla en una película, cuando es utilizada como música de fondo en un bar o aeropuerto, y por supuesto en los conciertos, quien sea dueño de esa música (artistas, compositores, discográficas, editoriales, etc.) tiene derecho a reclamar un pago por el uso y explotación de esas canciones. A ese pago se lo conoce con el nombre de “regalías”.
La fórmula más común de invertir en música es comprando el derecho a recibir la totalidad o parte de la recaudación futura de un catálogo o grupo de canciones: se le ofrece una cantidad de dinero al dueño del catálogo a cambio de que este transfiera al comprador el derecho a cobrar el dinero de regalías que ese catálogo genere en el futuro.
Ser el dueño significa poseer todos los derechos sobre una obra musical, pero en el caso de comprar un catálogo musical, al comprador se le transfiere únicamente el derecho de cobro. Existen otros derechos que también son transferibles como el derecho de explotación, algo que algunas compañías de la industria musical se interesan en adquirir con el fin de incrementar el rendimiento económico de las obras. Pero el derecho moral, que por ejemplo, contemplaría la decisión sobre dónde se puede o no utilizar una obra musical, es intransferible y pertenece siempre al dueño de la obra.
En este tipo de operaciones la transferencia del derecho de cobro se realiza por la “Vida del Copyright” que sería la vida del dueño de la obra más setenta años después de su fallecimiento. A partir de ese momento la obra pasa a ser de “dominio público”, es decir, que todo el mundo tendrá derecho a utilizarla sin restricción y sin obligación de pago alguno -como sucede con muchas canciones de Navidad u obras clásicas-.
También se realizan operaciones de carácter temporal, es decir, que se adquieren los derechos solo por un período específico de tiempo, como 5 o 10 años, y luego vuelve el derecho de cobro al dueño original.
Quién invierte y cuánto
Desde grandes fondos de inversión hasta inversores particulares son los que normalmente apuestan por este tipo de operaciones, dado a que muchas veces se ofrecen catálogos fraccionados, es decir, catálogos que se puede adquirir en un porcentaje, si así lo establece su dueño. En Larrosa Music Group existen varios perfiles de inversores, muchos de ellos privados, que han aportado mínimos de 5000 USD, lo que generalmente se aconseja cómo inversión mínima. La operaciones se realizan a través de partners en Estados Unidos haciendo que estas inversiones estén reguladas por la comisión de valores (Stocks Exchange Commision -SEC-). En cuanto al precio, igual que si fuera una casa, cuyo valor dependerá de la zona, el tipo de construcción, la antigüedad, y otros factores, en un catálogo musical se toman en cuenta variables como la antigüedad, facturación e impacto socio cultural. Si bien hay catálogos de grandes compositores y artistas, actualmente el impacto también se mide en datos obtenidos de otras plataformas o redes sociales como Instagram y especialmente Tik Tok. Por esto, cualquier artista que tenga un relativo impacto, podría acceder a estas oportunidades. Lo único que se solicita es que el catálogo tenga una antigüedad de al menos 3 años facturando.
La compraventa de catálogos en Latinoamérica y España
Según Cristian Larrosa: “la gran mayoría de operaciones de este tipo son de carácter confidencial. En nuestro caso, trabajamos con operaciones en México y Colombia con catálogos de sellos y editoriales musicales medianas, librerías musicales que hoy son muy utilizadas en redes sociales y otras plataformas, además de acercar ofertas de Asia, catálogos de India y China específicamente, a inversores de Estados Unidos y Reino Unido. Pero también estamos analizando muchos catálogos a través de asociaciones con muchas distribuidoras y sociedades de gestión de España y Latinoamérica para desplegar adelantos a artistas utilizando la misma fórmula”
Respecto a artistas y compositores de renombre, Larrosa comenta “hemos estado involucrados en muchas operaciones con nombres muy conocidos, cerrando muchas de ellas después de tiempo de negociación ya que en el mercado hispanohablante las expectativas comienzan muy altas, por lo cual algunas aún no se cierran porque se pretenden valoraciones astronómicas, del tipo de Bob Dylan o Bruce Springteen. En la mayoría de los casos, estas valoraciones están fuera de lo que el mercado dicta, aunque por suerte son una minoría. Por ello también nos hemos dedicado nosotros mismos a comprar obras, en porcentaje o totalidad, de muchos catálogos desde instrumentales y librerías hasta obras muy importantes del cancionero latinoamericano que han sido interpretadas por artistas como Rubén Blades, Celia Cruz, Carlos Rivera, Ricardo Montaner, Diego El Cigala, José Feliciano y muchos otros.”
¿Cómo se posiciona este tipo de inversión de cara al futuro y ante otro tipo de inversiones?
La posición de las música como activo financiero se ha vuelto sólida, sobre todo en catálogos ya consolidados y con un comportamiento estable en los últimos años, donde el streaming se volvió la forma de consumo musical. En los mercados tradicionales existen acciones y decisiones que provocan fuertes caídas y pérdidas millonarias. Sin embargo, aunque en algunos mercados alternativos es similar, existen activos muy estables.
Mientras que, por ejemplo, el mercado de criptomonedas que debido a su volatilidad presenta muchos riesgos, la música funciona de manera diferente, según este ejemplo de Larrosa: “R Kelly es un músico estadounidense que fue condenado a 30 años de prisión en 2019 por delitos muy graves. Sin embargo, su catálogo sigue generando ingresos millonarios. Puede parecer injusto, pero esto sucede porque hay gente que aún consume su música quizás sin conocer siquiera su nombre porque es parte de una playlist de Spotify o Apple Music, o porque es una composición o producción que realizó para algún otro artista o incluso porque simplemente es parte de una conocida película “Space Jam”.
Quizás es por esto que, según Larrosa “la música como activo financiero resiste incluso a crisis económicas globales o las bélicas y sanitarias que vivimos en los últimos tiempos: la gente no deja de consumir música, sea sola o como parte de otros contenidos audiovisuales que son cada vez más con el incremento en la creación de contenidos en las redes sociales, las series y películas de plataformas como HBO, Amazon y Netflix”.
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